• Pueblos indígenas en Chile

    Pueblos indígenas en Chile

    En Chile viven 10 pueblos indígenas. El más grande es el Mapuche, seguido por el Aymara, Diaguita, Atacameño y el Quechua. Es el único país de América Latina cuya Constitución no reconoce a los pueblos indígenas.

El Mundo Indígena 2020: Chile

Desde el Censo de 2017,1 a pesar de ir en constante aumento desde los años 90, la población indígena no ha tenido mayores variaciones. Las consideraciones para políticas públicas y discusión normativa, aún arroja que es el 12,8% del total del país, lo que significa aproximadamente 2.158.792 personas, siendo el pueblo Mapuche el más numeroso (casi 1.800.000 personas). No deja de llamar la atención, la tendencia en cuanto al incremento progresivo de la población urbana indígena por sobre la rural. El mismo estudio, arroja que un 87,8% habita áreas urbanas, contra un 12,2% que lo hace en zona rural.2

A la fecha, la Ley 19.253 de 1993 sobre  Fomento, Protección y Desarrollo de los Indígenas, o “Ley Indígena”, que data de 1993 (No. 19.253), no ha sufrido modificaciones, a pesar de que urge su reforma para adecuarla a los actuales estándares inernacionales en materia de derechos de los pueblos indígenas, como lo es el Convenio 169 OIT ratificado por Chile el 2008. Además, Chile aprobó con su voto favorable la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2007 y la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2016. Durante los años 2016 y 2017,3 se había iniciado un proceso constituyente bajo el gobierno de la entonces presidenta Bachelet, el que incluyó una consulta a los pueblos indígenas. Dicho proceso constituyente, sin embargo, fue paralizado por el gobierno actual (presidente Piñera 2018-2020) por lo que hasta hoy no se produce cambio constitucional en materia indígena. Luego de las protestas sociales iniciadas en el país desde octubre de 2019, que exigen cambios institucionales profundos, se abre una nueva oportunidad para la inclusión de los pueblos indígenas y sus derechos en la constitución del país, como se señala más adelante en esta sección.

Los intentos de Piñera de liberalizar la protección de las tierras indígenas

Ainicios de 2019 el gobierno de Piñera dio a conocer una serie de reformas que pretendía introducir la Ley indígena de 1993. Ello al explicitar las medidas objeto de la consulta a los pueblos indígenas sobre la materia contenidas inicialmente en la Resolución Exenta 241, del Ministerio de Desarrollo Social (MIDESOC), de 3 de abril.

Las medidas, que habían sido anunciadas en 2018 por el presidente en el “Acuerdo Nacional por el Desarrollo y la Paz en La Araucanía”, tenían por objeto flexibilizar la protección de las tierras indígenas, promoviendo su división, enajenación y arrendamiento y estableciendo mecanismos compensatorios alternativos a los mecanismos de adquisición de tierras en ella considerada. Así las reformas permitían que las comunidades recibiesen tierras subdivididas con títulos individuales, y que aquellas de que son titulares pudiesen dividirse total o parcialmente; disminuían de 25 a 5 años el plazo de la prohibición de enajenar entre indígenas para tierras adquiridas por el Estado; posibilitaban el arrendamiento de las tierras indígenas, tanto individuales como comunitarias, hasta por 25 años, tierras que bajo la ley vigente puedan ser arrendadas por un máximo de 5 años en el primer caso, y no podían ser arrendadas en el segundo caso; y establecían mecanismos compensatorios alternativos para la “solución de los problemas de tierras” […] “entregando todo o parte de la tierra reclamada a través de beneficios alternativos a aquellas”.4

Las mismas reformas introducían cambios en las instancias de organización indígena, modificando las normas para la conformación de nuevas comunidades indígenas, aumentando el mínimo de miembros mayores de edad para su integración; reduciendo de 25 a 2 el número de personas requeridas para la constitución de asociaciones indígenas; e incorporando a estas últimas como beneficiarias del Fondo de Desarrollo Indígena. Las medidas propuestas contravenían abiertamente el derecho internacional aplicable a los pueblos indígenas, reconocido a través de instrumentos internacionales ratificados y/o adheridos por Chile. En efecto, tanto el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, así como la jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, reconocen el carácter colectivo de las tierras indígenas, otorgándoles protección de modo de evitar que estas puedan ser apropiadas por terceros no indígenas. Igualmente, reconoce las instituciones propias de los pueblos indígenas, por lo que no puede supeditar el acceso a la tierra o a programas de desarrollo, a la conformación de figuras propias de la ley estatal.

Las reformas encontraron fuerte oposición de los pueblos indígenas, dada la amenaza que ella significa para la integridad de sus tierras, las que quedarían a merced del mercado. Tal oposición se manifestó en el proceso de consulta impulsada por el gobierno a esta reforma. Las protestas de diversos pueblos indígenas, en particular el pueblo Mapuche, a la implementación de la consulta, así como la negativa a participar en dicho proceso determinó que, luego de meses de intentos fallidos por su implementación esta fuese inicialmente suspendida por el gobierno, para luego declarar cerrado el proceso, y con ello la reforma legal propuesta.5

Conflictos con industrias extractivas y criminalización

En el sur del país, en territorio del pueblo Mapuche, el Estado sigue adelante con proyectos de inversión en tierras y territorios de propiedad legal u ocupación tradicional de este pueblo. Se trata en su mayoría de proyectos hidroeléctricos y salmonícolas que generan serios impactos ambientales  y sociales, que son aprobados sin la obtención del consentimiento de las comunidades y organizaciones indígenas afectadas. A ello se debe sumar la presencia de la industria forestal, que con 2 millones de hectáreas en territorio ancestral Mapuche genera graves impactos ambientales, afectando las aguas y biodiversidad, gatillando la protesta Mapuche.

La respuesta estatal frente a la protesta Mapuche sigue siendo la utilización de la fuerza desmedida y la criminalización en contra de quienes reivindican sus derechos. Desde esa perspectiva, un caso emblemático es el líder Mapuche Lonko Alberto Curamil, autoridad tradicional que ha mantenido una lucha constante por la defensa del territorio frente a la amenaza de instalación del proyectos hidroeléctricos. Producto de dicha lucha fue víctima de violencia policial desmedida en el año 2014 y en 2019 fue llevado a juicio junto con otros tres dirigentes Mapuche imputándoseles la participación en un asalto a una entidad financiera. Tras la realización del Juicio Oral, el Lonko Curamil y el Werken Álvaro Millalén resultaron absueltos, dado que no se pudo acreditar su participación en los hechos que se les imputó. No obstante ello, se condenó a los otros dos imputados Mapuche a penas altísimas (20 años) sin que existieran pruebas fehacientes que acreditaran su participación en los delitos.

En cuanto a los conflictos socioambientales provocados por la industria minera que involucran a pueblos indígenas en norte del país, a fines de 2019 destaca una sentencia del Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta,6 la que acogió parcialmente los reclamos presentados por las comunidades atacameñas de Peine y Camar, y del Consejo de Pueblos Atacameños, en contra de un Programa de Cumplimiento (PdC) presentado por la empresa de litio “Soquimich” (SQM Salar S.A.), aprobado previamente por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en el contexto de un procedimiento sancionatorio ambiental.7 Ello atendido a que la SMA pudo constatar el incumplimiento de la resolución de calificación ambiental que autorizaba las faenas, así como la extracción de salmuera por sobre lo autorizado entre los años 2013 y 2015, por un volumen de casi 4 millones de metros cúbicos. El Tribunal Ambiental consideró que no existían certezas científicas respecto a los impactos sobre los recursos hídricos de la cuenca del Salar de Atacama, y en atención al principio precautorio del derecho ambiental, optó por desestimar el PdC, toda vez que este no cumplía con el principio de eficacia e integridad exigido por el legislador. No obstante lo anterior, el Tribunal desestimó la procedencia de una consulta indígena del PdC, en atención a la naturaleza del procedimiento, a pesar de ser una medida administrativa susceptible de evidente afectación al pueblo Licanantai, ya que aprobaba medidas transitorias -como el PdCdentro del territorio de uso y ocupación ancestral, el que además repercutía en sus recursos naturales, en particular, el agua (puri, en lengua kunza).

A pesar de que se han declarado saturados los recursos hídricos de cuenca del Salar de Atacama, la sentencia fue recurrida por la empresa y será revisada por la Corte Suprema durante el año 2020.

Participación de pueblos indígenas en la COP 25-Madrid

Las manifestaciones que se registran en Chile desde el 18 de octubre de 2019, llevaron al gobierno a adoptar la decisión de suspender la realización de la COP 25 en el país8 a solo un mes de su inicio, determinándose luego su traslado a Madrid, España. Esta decisión, ampliamente cuestionada desde la sociedad civil,9 mermó las posibilidades de participación de representantes de pueblos indígenas que venían organizándose para incidir en dicho espacio, dado el aumento de los costos que implicaba el cambio de sede.

De las articulaciones indígenas autónomas, Ximena Painequeo, representante de la Identidad Territorial Lakquenche; David Alday, presidente de la Comunidad Yagán de Bahía Mejillones y Sergio Cubillos, presidente del Consejo de Pueblos Atacameños (CPA), lograron estar presentes en la COP 25 en España, así como en las actividades del Foro Internacional de Pueblos Indígenas (Caucus Indígena), y los espacios paralelos de la Minga Indígena y Cumbre Social por el Clima.10 En la “zona verde”, espacio oficial de la COP, desarrollaron dos actividades: una del CPA sobre extracción de litio en el Salar de Atacama y, otra conjunta de los tres pueblos, para dar cuenta del impacto de la industria extractiva (minería, forestal y piscicultura) en sus territorios ancestrales.

Cabe señalar que semanas antes de la COP, el gobierno y el Sistema de Naciones Unidas convocaron a la conformación de un Caucus Indígena chileno, que apoyado por ambas instancias, permitió que un grupo de representantes indígenas, hombres y mujeres,  pudieran hacerse presente en dicha instancia en España. Tanto los representantes indígenas arriba señalados como el Caucus Indígena chileno coincidieron  en dicho evento en que el Estado de Chile no ha dado una respuesta efectiva en la lucha contra el cambio climático y en el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas.

Papel de las mujeres indígenas en el movimiento indígena

En el último Censo 2017, un 12,4% de las mujeres en Chile se reconoció como mujer indígena,11 es decir, perteneciente a uno de los nueve pueblos indígenas reconocidos por la Ley Indígena. Este porcentaje importante de mujeres ha sido clave para el desarrollo social, político y cultural de los diferentes pueblos indígenas que habitan Chile. Sin embargo, las brechas en sus condiciones e implementación de sus derechos respecto a los hombres indígenas y a las mujeres no indígenas se mantienen.12

Asimismo, durante las últimas décadas las mujeres Mapuche se han venido organizando, compartiendo posturas críticas y experiencias personales en torno a la necesidad de una agenda que visibilice el rol de la mujer indígena en materias que van desde salud, educación, acceso a la justicia, territorio, medio ambiente, participación, desarrollo productivo, entre otros. Así han señalado que históricamente las propuestas y demandas indígenas se articulan en torno a la identidad indígena, sin problematizar los matices de las diferencias de género al interior de los pueblos indígenas. Dentro de estos debates y posturas críticas, también se señala que “la autonomía mapuche y la libre determinación de los pueblos no puede concebirse sin el bienestar de las todas las mujeres que conforman estos pueblos”.13

Durante las movilizaciones sociales que se dieron a raíz del estallido social del 18 de octubre 2019 y el posterior debate para la elaboración de una nueva constitución a través de una asamblea constituyente, los pueblos indígenas han estado presentes señalando que su lucha y cuestionamiento frente al Estado es anterior al estallido social, debido al despojo de sus territorios y por la continua criminalización y represión que enfrentan.

En este escenario los jóvenes y mujeres indígenas no han estado ausentes, señalando estas últimas que la política extractivista del gobierno es también una forma de violencia que se ven obligadas a vivir a diario, pues afectan no solo sus territorios, sino también sus formas de vida. Ello al ser las encargadas de transmitir la cultura y las tradiciones a las nuevas generaciones, como el cuidado de la naturaleza, la protección de plantas medicinales, la soberanía alimentaria y los sitios de significación cultural.14

En el contexto de movilización social, las mujeres mapuche, dentro de sus organizaciones e instituciones indígenas, vienen mobilizándose frente al despojo de sus territorios, por la defensa de las aguas, la revitalización de sus idiomas y para difundir su sabiduría respecto al cuidado de la naturaleza. Ello además de establecer alianzas con otros sectores de la sociedad chilena para posicionar y levantar sus voces contra el Estado de Chile y sus políticas “patriarcales y neoliberales”. Así señalan que para caminar hacia el buen vivir deben cambiar el actual sistema que nos rige”.15

Perspectivas para el 2020

El nuevo contexto generado por el estallido social y popular que tuvo lugar en octubre de 2019, el que encuentra su fundamento en el malestar generado por la inequidad y exclusión política y social de muchos sectores, incluyendo a los pueblos indígenas, ha abierto perspectivas para una transformación de las relaciones entre estos pueblos y el Estado.

En efecto, a raíz de dicho estallido en el mes de noviembre pasado se suscribió el denominado “Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución”, el que compromete la realización de un plebiscito, para determinar  si se inicia un proceso para la elaboración de una nueva constitución, y el tipo de órgano constituyente (totalmente electo por la ciudadanía o mixto con representantes del Congreso) encargado de ello. Si bien dicho acuerdo omitió referirse a la participación de los pueblos indígenas en el órgano constituyente a ser electos en el evento probable que gane la opción por la nueva carta fundamental, en diciembre pasado la Cámara de Diputados aprobó una iniciativa legislativa referida a la participación de estos pueblos originarios en dicho órgano, sin establecer, sin embargo, en este caso número ni mecanismo específico.

La iniciativa de reforma legal sobre participación de pueblos indígenas, además de ser incierta su aprobación por el Senado, presenta aún importantes incógnitas. En particular en lo referido al universo electoral  a participar en la elección de los constituyentes indígenas. La alternativa consistente con el derecho internacional sería considerar para la definición de dicho universo el criterio de la auto identificación para la determinación de la calidad de indígena establecido por el Convenio 169 de la OIT. Como se señala en este informe anual, la población indígena alcanza a 2.2 millones, equivalente al 12.8% de la población total del país. (INE, 2018).16 No obstante ello, las propuestas hasta ahora existentes sobre la materia, en particular en partidos políticos de gobierno, se plantea que dicho universo debe definirse sobre la base del registro de personas indígenas que lleva la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI), mucho más limitado en número, y cuestionable desde el punto de vista del estándar del Convenio 169. Las perspectivas al interior de los distintos pueblos indígenas en relación al proceso constituyente son diversas. Así existen movimientos, en particular mapuche, como es el caso de la Coordinadora Arauco Malleco, y el Consejo de Todas las Tierras y otros, se oponen a la participación mapuche en él, poniendo énfasis en la recuperación territorial o en la libre determinación por vías propias.17 Otras organizaciones, como la Asociación de Municipalidades con Alcaldes Mapuche, y el Consejo de Pueblos Atacameños han participado activamente del debate parlamentario para la inclusión indígena en el órgano constituyente a ser electo, viendo en este proceso una posibilidad para avanzar hacia el reconocimiento de la plurinacionalidad y los derechos colectivos de sus pueblos.18

 

Este artículo es parte de la 34ª edición de El Mundo Indígena, un resumen anual producido por IWGIA que sirve para documentar e informar sobre los desarrollos que han experimentado los pueblos indígenas. La foto de la publicación está hecha en la amazonía peruana, dentro del territorio Wampi, fotografiada por Pablo Lasansky y que es la portada del Mundo Indígena 2023 donde originalmente está escrito este artículo. Encuentra El Mundo Indígena 2020 completo aquí

 

Notas y referencias

  1. Instituto Nacional de Estadística (2018). Síntesis de resultados Censo Disponible en: https://www.censo2017.cl/descargas/home/sintesis-de-resulta-e dos-censo2017.pdf
  2. Ibid
  3. Ver IWGIA 2017 y 2018, Capítulo Chile.
  4. Ministerio de Desarrollo Social y F Disponible en: http://consultaindige-l na2019.gob.cl/medidas
  5. Albert, C. “Los errores que liquidaron la consulta indígena: “ES una instrumentalización de la pobreza””, en CIPER 7 de agosto de Disponible en: https://ciperchile.cl/2019/08/07/los-errores-que-liquidaron-la-consulta-indige- na-es-una-instrumentalizacion-de-la-pobreza/
  6. Ver Causa Rol R-17-2019 (acumuladas R-18-2019 y R-19-2019), Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta: https://causas.1ta.cl/causes/38/expedient/2614/ books/31/?attachmentId=4721.
  1. Ver procedimiento sancionatorio ambiental, F-041-2016, de la Superintendecnia del Medio Ambiente. Disponible en: http://snifa.sma.gob.cl/v2/Sancionatorio/ Ficha/1459 http://snifa.sma.gob.cl/v2/Sancionatorio/Ficha/1459
  2. Reyes, C. “Chile ya no será anfitrión: Presidente Piñera anuncia suspensión de cumbre Apec y COP25”. La Tercera, 30 October 2019: https://www.later-C cera.com/politica/noticia/presidente-pinera-informa-chile-ya-no-realiza- ra-la-apec-la-cop-25/883655/
  1. Pronunciamiento espacios paralelos tras suspensión de la COP25: https:// porlaaccionclimatica.cl/declaracion-publica-de-la-sociedad-civil-por-la-accion-climatica-sobre-la-no-realizacion-de-cop-25/; https://forocsociedadcivilcop25.cl/#/news/1; https://www.facebook.com/cumbrepueblos19/ videos/665917917270296/
  1. Intervención de Ximena Painequeo, Cumbre Social por el Clima: https://www.youtube.com/watch?v=y57baUO97eY
  1. Censo 2017, INE Chile. https://historico-amu.ine.cl/genero/files/estadisticas/ pdf/documentos/radiografia-de-genero-pueblos-originarios-chile2017.pdf.
  2. Por ejemplo: la escolaridad de las mujeres indígenas presenta un promedio de 10 años frente a la de una mujer no indígena que presenta un 10,9 años. Encuesta Casen
  3. ¿Es que acaso debemos ser todas feministas? Reflexiones de mujeres Mapuche para un debate. Cañet, Isabel y Painemal, https://www. mapuexpress.org/2018/03/02/%C2%BFes-que-acaso-debemos-ser-todas-fe- ministas-reflexiones-de-mujeres-mapuche-para-un-debate/
  4. Painemal, M. “Mujeres Mapuche y sus luchas por un buen vivir para todos y todas.” Le Monde Diplomatique Edición Chilena. 9 enero 2020: https://www. cl/mujeres-mapuche-y-sus-luchas-por-un-buen-vivir- para-todos-y-todas-por-millaray.html
  5. Ibid
  6. Instituto Nacional de Estadística (2018). Ibíd.
  7. Ver Pairacan, (2019). “Estado plurinacional: el debate mapuche actual”. Disponible en: https://ciperchile.cl/2019/12/20/estado-plurinacional-el-deba-a te-mapuche-actual/
  8. Asociacion De Municipalidades con Alcalde Mapuche Comunicaciones Municipalidad de Tirúa “Escaños para Pueblos Originarios en la Constituyente Aprobó Cámara de Diputados”. 20 diciembre 2019: https://www.amcam.cl/ post/esca%C3%B1os-para-pueblos-originarios-en-la-constituyente-aprob%- C3%B3-c%C3%A1mara-de-diputados

Informe del Observatorio Ciudadano de Chile (www.observatorio.cl) con aportes de Paulina Acevedo, José Aylwin, Marcel Didier, Hernando Silva y Karina Vargas.

 

Este artículo es parte de la 34ª edición de El Mundo Índigena. La publicación es un resumen de los principales acontecimientos que los pueblos indígenas han vivido. Descarga El Mundo Indígena 2020 aquí

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